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martes, 16 de noviembre de 2010

¿cuánto cuesta organizar una carrera?




Esta información la he recogido gracias a la ayuda de un corredor que estuvo en la carrera behobia-sansebastian 2010, y ha tenido la gentileza de darme detalles de lo que pone en la revista que les dieron, en la carrera, lo que le agradezco infinitamente. También es de agradecer la claridad de los datos de un organizador:





GASTOS

1.- Portes y correos: 12.500€
2.- Informatica: Pagina web, dominios servidor: 16.500€
3.- Catering, actos y voluntarios: 8.000€
4.- Imprenta: 3.000€
5.- Diseño y creatividades: 18.000€
6.- Patentes y marcas: 500€
7.- Publicidad: 3.000€
8.- Traducciones: 1.000€
9.- Behobia Txiki (para los peques): 4.500e
10.- Animación musical (Txaranga, batukada, DJ): 3.000€
11.- Señalética: 2.000€
12.- Trofeos y medallas: 20.000€
13.- Cánones y licencias: 700€
14.- Mantas térmicas: 3.500€
15.- Asesoramiento logístico: 2.000€
16.- Cartonaje: 1.500€
17.- Revista: 14.000€
18.- Material puesto Feria (Estructuras, perchas,...): 500€
19.- Material limpieza: 1.000€
20.- Trenes: 4.500€
21.- Autocares: 4.000€
22.- Elevadores: 1.000€
23.- Alojamiento y dietas invitados: 2.000€
24.- Cronometraje chip: 40.000€
25.- Serigrafias: 3.500€
26.- Estructuras (gradas, vallados, WC,...): 45.000€
27.- Seguros: 8.000€
28.- Megafonía: 2.500€
29.- Servicio masajistas: 1.500€
30.- Feria del corredor: 10.000€
31.- Filmaciones: 2.500€
32.- Recinto meta: 9.000€
33.- Dispositivo sanitario: 15.000€
34.- Seguridad: 2.000€
35.- Federación, jueces: 1.000€
36.- Sueldos equipo de profesionales (12 meses) y eventuales: 165.000€
37.- Donaciones/ Acciones solidarias: 4.500€
38.- Utillaje: 10.500€
39.- Amortizaciones e inversiones: 50.000€

TOTAL: 496.700€



INGRESOS:

A 30€ el dorsal * 20000 dorsales = 600.000 €

Ganancia:

600.000-496.700 = 103.300€




Para saber más:




martes, 25 de mayo de 2010

¿qué tipos de seguro nos cubren en una competición deportiva?



Para organizar un evento deportivo hay que contratar dos tipos de seguros:

  • SEGURO DE ACCIDENTES
  • SEGURO DE RESPONSABILIDADS CIVIL
  • Servicios sanitarios:
  • como mínimo, de una ambulancia y de un médico,
  • En las pruebas cuya participación supere los 750 deportistas:
  • se contará con un mínimo de dos médicos, dos socorristas y dos ambulancias,
  • y deberá añadirse, como mínimo, una ambulancia y un médico por cada fracción suplementaria de 1.000 participantes.

  • ¿Dónde encuentro esta información?

  • Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
  • Este Real Decreto 1428/2003 en su Anexo II, Sección I especifica:

ANEXO II.Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos.

SECCIÓN I. PRUEBAS DEPORTIVAS.


http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t5.html#anexo2


  • ¿Qué debe saber al contratar un seguro para un evento deportivo?

A - Según el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en su Anexo II, Sección I, Artículo 14, sobre pruebas deportivas en la vía pública dice:

“Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria, y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.”

B - El Seguro Deportivo cubre los accidentes sufridos con motivo de la práctica oficial de los deportes y eventos deportivos según el R.D. 849/1993, de 4 de Junio.

C - Además al formalizar las inscripciones de los participantes, es preciso tener en cuenta la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.



  • ¿Qué cubren los seguros para un evento deportivo?
por Erandiotarra
SEGURO DE ACCIDENTES :

Este seguro , normalmente ( se debería leer el seguro contratado para cada prueba ) cubre con una indemnización económica los casos de fallecimiento o invalidez permanente absoluta o parcial derivada de un accidente en esa carrera. Romperse una pierna o perder una uña no son ni fallecimiento ni invalidez permanente.

SEGURO DE RESPONSABILIDADS CIVIL

Cubriría los daños a terceras personas ( un corredor sería un tercero al igual que una persona del público ) o a objetos que provoque la carrera , las actuaciones para organizarla.....
Si vas corriendo , te pega un chungo y le pegas un cabezazo a uno del público y le rompes las gafas. El seguro de R.C. paga las gafas.

  • Aclaraciones extra:
por Poldiamond
Seguro de responsabilidad civil: los daños provocados están cubiertos. Se entiende como provocados los que pudiesen provocar la organización y los corredores a cualquier cosa, persona o animal.
Seguro por daños: los daños que se puedan producir en mi persona y/o mis propiedades están cubiertos.
Seguro de vida: te cubre en causa de muerte no natural. ( Se puede atrubuir el adjetivo "natural" a todas aquellas muertes para las que no existe una causa externa identificable como un accidente un disparo, ahogamiento etc o a aquellas muertes que no son "intervenidas" es decir, no medicalizadas. )
Seguro deportivo: los daños que se puedan producir en mi persona derivados de la práctica de una actividad deportiva están cubiertos.

  • Desentrañando el contenido de los Reales Decretos afectados:
por LAMAZU:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t5.html#anexo2

El seguro deportivo al que se refiere dicho artículo debe tener
como mínimo lo que se recoge a su vez en otro decreto que regula los seguros deportivos de los deportista federados:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd849-1993.html

en el que específicamente se declara en su anexo que debe cubrir, entre otros percances, los siguientes:

7. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 1.000.000 de pesetas.

8. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe mínimo de 300.000 pesetas.



lunes, 24 de mayo de 2010

¿ cómo organizar una carrera ?


Quiero organizar una carrera. ¿Por dónde empiezo? ¿Cómo localizo sponsors? ¿qué requisitos necesito?

El recorrido, la distancia, la fecha, los estatutos, parecen lo primero y primordial, pero ¿después qué?

  • Ideas:

http://adelante.unidoscontraelparkinson.com/ideas-para-organizar-tu-carrera.html

1 Solicita soporte a tu Ayuntamiento
2 Contacta con colegios o institutos
3 Promueve la creación de equipos para la carrera
4 Contacta con entidades deportivas locales
5 Organizaciones juveniles y de voluntariado


1- Solicita soporte a tu Ayuntamiento
Las entidades y asociaciones suelen acudir periódicamente a su Ayuntamiento para solicitar ayuda, soporte o subvenciones.
Para organizar la carrera ¡Adelante! ¡Te toca a ti! es importante que te dirijas a tu ayuntamento lo antes posible, para:
ponerles en conocimiento de tu intención de organizar la carrera, día y hora
en caso de celebrar el acto en un espacio publico, solicitar la autorización necesaria para su uso
solicitar que informen a la ciutadanía a través de los medios habituales (radio, revista, boletines, prensa local)
solicitar que editen el material gráfico indispensable (indicadores, pancartas, camisetas para los participantes, folletos, etc.)
solicitar que el Alcalde/essa de tu ciudad sea quien inaugure la carrera corriendo el primer relevo
Normalmente tendrías que dirigir tu solicitud a la Alcaldia, poniendo en copia a la regidorías de Asuntos Sociales y Deportes, o utilizar el contacto habitual que cada entidad tienen dentro del Ayuntamiento.

2- Contacta con colegios o institutos
Una buena manera de llegar a informar los jovenes de tu ciudad es a través de las instituciones educativas, publicas o privadas.
Contacta con colegios o institutos y propón su participación en la organización de una jornada:
Educativa
Deportiva
Ludica
Un colegio con una zona deportiva bien equipada o un patio bien acondicionado, puede ser una alterativa muy idónea para hospedar el acto.
La participación de los alumnos y de sus padres asegurará un numero de participantes suficientes, pudiendo organizar equipos (uno por clase) y animarles a competir para conseguir varios premios simbólicos (equipo con mayor numero de participantes, equipo que ha recorrido mas vueltas, etc.)

3- Promueve la creación de equipos para la carrera
Fomentar un sano espíritu de competición es implícito en toda actividad deportiva.
Para animar las personas a participar numerosas, puedes poner en palio unos premios simbólicos a los mejores equipos:
- el mas numeroso
- el que ha corrido mas vueltas
- el mas joven
- el mas veterano
El limite lo pone tu fantasía, el objetivo es fomentar el interés y la participación.

4-Contacta con entidades deportivas locales
Otra buena idea para acercar los jóvenes y tener soporte logistico para la organización de tu carrera, es el contacto con las entidades deportivas locales.
Normalmente estas entidades resultan sensibles y disponibles a participar en este tipo de actos, especialmente si hay una componente deportiva en ellos.
Su participación puede aportar tanto participantes a la carrera como voluntarios para el desarrollo de la jornada.

5-Organizaciones juveniles y de voluntariado
Las organizaciones juveniles y de voluntariado por definición pueden ser unos colaboradores ideales para ayudarte a organizar la logistíca y ofrecer asistencia a lo largo de la jornada.
Puedes localizarlas a través de Internet o dirigiéndote a la oficina de atención al ciudadano de tu ayuntamiento.



  • Manual sobre cómo organizar una carrera en ruta:
www.aqa.org.mx/descargas/manuales/manualcruta.ppt


  • Ayuda logística:
http://www.carrerasolidaria.com/index.php

domingo, 18 de abril de 2010

qué tipo de seguros nos cubren en una competición populary para qué valen

Para organizar un evento deportivo hay que contratar dos tipos de seguros:

SEGURO DE ACCIDENTES
SEGURO DE RESPONSABILIDADS CIVIL

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¿Qué debe saber al contratar un seguro para un evento deportivo?

A - Según el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, en su Anexo II, Sección I, Artículo 14, sobre pruebas deportivas en la vía pública dice:

“Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria, y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.”

B - El Seguro Deportivo cubre los accidentes sufridos con motivo de la práctica oficial de los deportes y eventos deportivos según el R.D. 849/1993, de 4 de Junio.

C - Además al formalizar las inscripciones de los participantes, es preciso tener en cuenta la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.







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Dice Lazamazu:
http://www.divinapastora.com/seguros...uro-deportivo/
http://www.divinapastora.com/seguros/productos-y-servicios/seguro-deportivo/


el corredor para correr por la vía pública debe de tener un seguro de responsabilidad civil y un seguro deportivo, proporcionados, o no, por la organización. Si no está cubierto por ambos seguros no puede correr la carrera ya que estaría incumpliendo la ley. Sería parecido a circular por la calle con un coche sin asegurar, sólo que en el caso de una carrera popular son 2 seguros, el de responsabilidad civil y el deportivo.

Por último una aclaración, el seguro deportivo incluye el fallecimiento por realizar una actividad deportiva tal como se recoge en sus especificaciones
Por otro lado, según la actual legislación vigente, para correr en un evento deportivo por la vía pública hay que tener obligatoriamente 2 seguros: el de responsabilidad civil y el de accidentes deportivos. El de accidentes deportivos incluye el fallecimiento.

De Erandiotarra
SEGURO DE ACCIDENTES :

Este seguro , normalmente ( se debería leer el seguro contratado para cada prueba ) cubre con una indemnización económica los casos de fallecimiento o invalidez permanente absoluta o parcial derivada de un accidente en esa carrera.
Romperse una pierna o perder una uña no son ni fallecimiento ni invalidez permanente.

SEGURO DE RESPONSABILIDADS CIVIL

Cubriría los daños a terceras personas ( un corredor sería un tercero al igual que una persona del público ) o a objetos que provoque la carrera , las actuaciones para organizarla.....
Si vas corriendo , te pega un chungo y le pegas un cabezazo a uno del público y le rompes las gafas.
El seguro de R.C. paga las gafas.

poldiamond
Seguro de responsabilidad civil: los daños provocados están cubiertos. Se entiende como provocados los que pudiesen provocar la organización y los corredores a cualquier cosa, persona o animal.
Seguro por daños: los daños que se puedan producir en mi persona y/o mis propiedades están cubiertos.
Seguro de vida: te cubre en causa de muerte no natural.
Seguro deportivo: los daños que se puedan producir en mi persona derivados de la práctica de una actividad deportiva están cubiertos.


LAMAZU:

los participantes que corran las carreras que se celebren en vías públicas tienen que estar cubiertos obligatoriamente por 2 seguros: responsabilidad civil y deportivo, según el real decreto 1428/2003

http://noticias.juridicas.com/base_d...1428-2003.html
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.html

el artículo en concreto es este

http://noticias.juridicas.com/base_d....html#aanexo14

El seguro deportivo al que se refiere dicho artículo debe tener
como mínimo lo que se recoge a su vez en otro decreto que regula los seguros deportivos de los deportista federados:

http://noticias.juridicas.com/base_d...d849-1993.html
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.html

en el que específicamente se declara en su anexo que debe cubrir, entre otros percances, los siguientes:

7. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca como consecuencia de accidente en la práctica deportiva, por un importe no inferior a 1.000.000 de pesetas.

8. Auxilio al fallecimiento, cuando éste se produzca en la práctica deportiva, pero sin causa directa del mismo, por un importe mínimo de 300.000 pesetas.


En resumen, por las calles de las ciudades los corredores deben hacerlo teniendo 2 seguros: seguro de responsabilidad civil (daños a terceros) y seguro deportivo (daños propios).

Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Circulación para la aplicación y desarrollo del texto articulado de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

Este Real Decreto 1428/2003 tiene su Anexo II, Sección I, que regula claramente lo que estamos hablando:
# ANEXO II. Pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos.

* SECCIÓN I. PRUEBAS DEPORTIVAS.

Y el Artículo 14 de dicha Sección dice lo siguiente:


Artículo 14. Obligaciones de los participantes.

Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria,
y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.


Deja claro que es Obligación de los participantes el tema del seguro pero también que es PRECEPTIVA, es decir, OBLIGATORIA su contratación y sin la cual NO SE PUEDE CELEBRAR PRUEBA ALGUNA.
Con lo cual una organización de una carrera o bien solo permite la inscripción a corredores que estén federados, y con ello tengan ambos seguros cubiertos, o bien les realiza ella la PRECEPTIVA contratación de dichos seguros para la realización de la prueba.

Todo el Decreto está aquí:
http://noticias.juridicas.com/base_d...1428-2003.html
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.html

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t5.html#anexo2
En este mismo Decreto deja bien clara la documentación que hay que presentar para que sea autorizada una prueba deportiva:


3. Documentación.

La solicitud de autorización especial para celebrar pruebas deportivas se presentará dirigida al órgano competente con, al menos, 30 días de antelación, acompañada de los siguientes documentos:

1. Permiso de organización expedido por la federación deportiva correspondiente, cuando así lo exija la legislación deportiva.

2. Memoria de la prueba en el que se hará constar:

1. Nombre de la actividad y, en su caso, número cronológico de la edición.
2. Reglamento de la prueba.
3. Croquis preciso del recorrido, fecha de celebración, itinerario, perfil, horario probable de paso por los distintos puntos determinantes del recorrido y promedio previsto tanto de la cabeza de la prueba como del cierre de ésta.
4.Identificación de los responsables de la organización, y concretamente del director ejecutivo, y del responsable de seguridad vial, que dirigirá la actividad del personal auxiliar habilitado.
5. Número aproximado de participantes previstos.
6. Proposición de medidas de señalización de la prueba y del resto de los dispositivos de seguridad previstos en los posibles lugares peligrosos, así como la función que deba desempeñar el personal auxiliar habilitado, todo ello mediante informe detallado y que será comunicado en su momento por el responsable de la seguridad vial de la prueba o las fuerzas del orden al personal responsable de la vigilancia de estos puntos conflictivos.

El responsable de seguridad vial de la prueba deberá conocer las normas de circulación, para lo cual deberá poseer permiso de conducción en vigencia.

Las autoridades competentes redactarán una instrucción específica que contendrá nociones básicas sobres regulación de tráfico, y cuyo contenido será de obligado conocimiento para el responsable de seguridad vial de la prueba.
7. Justificante de la contratación de los seguros de responsabilidad civil y de accidentes a los que se refiere el artículo 14 de este anexo.
.../...

Artículo 10. Servicios sanitarios.

1. La organización dispondrá la existencia durante la celebración de la actividad de la presencia obligatoria, como mínimo, de una ambulancia y de un médico para la asistencia de todos los participantes, sin perjuicio de su ampliación con más personal sanitario en la medida que se estime necesario.

2. En las pruebas cuya participación supere los 750 deportistas, se contará con un mínimo de dos médicos, dos socorristas y dos ambulancias, y deberá añadirse, como mínimo, una ambulancia y un médico por cada fracción suplementaria de 1.000 participantes.

Artículo 14. Obligaciones de los participantes.

Todos los participantes de la prueba deben estar cubiertos por un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles daños a terceros hasta los mismos límites que para daños personales y materiales establece el Real Decreto 7/2001, de 12 de enero, para el seguro de responsabilidad civil de vehículos a motor de suscripción obligatoria, y un seguro de accidentes que tenga, como mínimo, las coberturas del seguro obligatorio deportivo regulado en el Real Decreto 849/1993, de 4 de junio, sin cuya preceptiva contratación no se podrá celebrar prueba alguna.

-
Para saber más:
http://ddeportivo.sportec.es/legislacion/nacional/sobligatorio.htm
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.html
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t2.html#c2s3
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd1428-2003.t5.html#anexo2
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rd849-1993.html
https://www.carreraspopulares.com.es/contactar/V0AT_solicitud_seguro
http://www.divinapastora.com/seguros/productos-y-servicios/seguro-deportivo/